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Comisión de la Asamblea aprobó informe para segundo debate de entidades de Seguridad Ciudadana

Quito, mayo 8 de mayo.- La Comisión de Relaciones Internacionales de la Asamblea Nacional, luego de un extenso debate, aprobó el informe para segundo debate del Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público.

foto 1 asamblea 10 mayoEste Código que consta de cuatro libros y un título preliminar, regula la organización, estructura, funcionamiento institucional, plan de carrera profesional, régimen disciplinario, derechos, garantías y responsabilidades para alrededor de 75.000 servidores públicos, entre los que se encuentran 46.643 policías nacionales, 4.491 miembros de la Comisión de Tránsito del Ecuador, 1.468 miembros del Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria, 560 servidores públicos del Cuerpo de Vigilancia Aduanera, 5.000 Agentes Metropolitanos, 10.500 Bomberos (profesionales y voluntarios).
El Libro I, busca profesionalizar al personal policial, regulando su carrera y mejorando su proceso de formación académica, considerando las particularidades de las funciones de los policías y priorizando la unidad familiar a través de la regulación de pases, entre otros.
El Libro II, se refiere al Sistema Especializado Integral de Investigación, Medicina Legal y Ciencias Forenses, el cual estará integrado por personal civil y policial, optimizando el importante nivel de formación de los casi mil policías especializados en medicina legal y ciencias forenses y 59 peritos civiles, que actualmente existen.
foto asamblea 3 okEl Libro III contempla la creación de un Servicio de Protección Pública, conformado por personal civil especializado, entrenado, técnico, jerarquizado y calificado, para garantizar la seguridad de las autoridades que ocupan cargos de alta responsabilidad y de las instalaciones de las distintas funciones del Estado. Se establece su dependencia del Ministerio del Interior, tal como ocurre con la Policía Nacional.
Actualmente, la protección de autoridades la realiza un contingente de 1.200 policías y militares, distanciándose de sus funciones esenciales, contenidas en el artículo 158 de la Constitución (defensa de la soberanía e integridad territorial, apoyo en la seguridad integral del Estado, protección interna y el mantenimiento del orden público) lo que, además, representa un alto gasto para el Estado y la subutilización de las capacidades tanto de las Fuerzas Armadas como de la Policía Nacional.
El Libro IV contempla la carrera profesional, regula el ingreso, formación, capacitación, ascensos, estabilidad, evaluación y régimen disciplinario de las Entidades Complementarias de Seguridad del Ejecutivo y de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (municipales y metropolitanos) entre los que se encuentran el Cuerpo de Bomberos, Cuerpos de Control Municipal, Agentes de Tránsito, Vigilantes Penitenciarios, Cuerpo de Vigilancia Aduanera y la Comisión de Tránsito del Ecuador. (C.G)

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