El Pleno de la Asamblea Nacional no dio paso a la despenalización del aborto por violación, únicamente existieron 65 votos a favor, así mismo se planteó una reconsideración de la votación que tampoco alcanzó los votos necesarios para el efecto.

La noche del martes 17 de septiembre, con 130 asambleístas presentes, el Parlamento ecuatoriano aprobó el proyecto de reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Con las reformas aprobadas al COIP, se busca generar una cultura de transparencia en la función pública, contribuir en la lucha contra la corrupción y la inseguridad, y, lo que es más, fortalecer la seguridad ciudadana.
Así también se establece mecanismos específicos para la recuperación de dineros mal habidos producto de la corrupción. Para tal efecto, se crea la figura del comiso sin condena, que permitirán la incautación de bienes de ilícita procedencia a los funcionarios o servidores que hayan atracado fondos públicos, así como a los de su entorno familiar y posibles testaferros, evitando que este tipo de actos queden en la impunidad.
El proyecto determina que la persona que es sentenciada de violación de niños, niñas o adolescentes, no podrá ocupar cargos públicos y privados donde se trabaje directamente con menores de edad.
Los juicios por abuso sexual a menores no podrán terminar sin que haya una sentencia. De esta forma, se refuerza la imprescriptibilidad de delitos contra la niñez, recogiendo el mandato de la consulta popular.