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COE NACIONAL EMITE NUEVOS LINEAMIENTOS PARA EL MES DE JULIO EN TODO EL PAÍS, EXCEPTO QUITO

Quito, Pichincha.- La mañana de este martes 30 de junio, el Comité de Operaciones de Emergencia Nacional (COE-N), emitió las restricciones que regirán para el mes de julio, de acuerdo a la semaforización que mantenga cada cantón en todo el país.

En este contexto cambia la movilidad, apertura de centros comerciales, cómo de restaurantes, con el 50 % de su aforo; así también el nuevo horario del toque de queda será de 23:00 a 05:00.

Además se permitirá que los cines y teatros puedan reabrir sus puertas con el 30% de su aforo.

Para Quito, el toque de queda continuará desde las 21:00 a 05:00; y tanto los Centros Comerciales cómo restaurantes sólo podrán atender con el 30% del aforo; para evitar mayores complicaciones en la trasmisión del Coronavirus (COVID-19), se ha dispuesto que las actividades laborales presenciales solo tendrán el 25% de la plantilla y los teatros y cines permanecerán cerrados.

En el tema de movilidad en el mes de julio, los vehículos particulares circulan pares e impares, de lunes a sábado. Los domingos 05 y 19 de julio, podrán circular vehículos con placa impar, mientras que los domingos 12 y 26 podrán circular los vehículos con placa par.

Así también los taxis convencionales y ejecutivos, transporte mixto y carga liviana podrán circular todos los días sin restricción de placa; transporte urbano al igual que el intraprovincial e interprovincial con el 50% del aforo; y éste último únicamente entre cantones de provincias con el mismo color amarillo o verde.

Los salvoconductos servirán para necesidades médicas y los de la cadena productiva, exportación, alimentos (abastecimiento y distribución), farmacéutica, y los planes pilotos aprobados por el COE Nacional para el retorno progresivo de actividades. Se eliminan las emitidas para entregas a domicilios y necesidades médicas.

Además Se autoriza el desarrollo de reuniones sociales o ejecutivas con un máximo de 25 personas, asegurando el distanciamiento social mínimo requerido (2 metros entre personas), no uso de sistemas de ventilación y el cumplimiento estricto del control de medidas de bioprotección.

Lineamientos emitidos por el COE Nacional.

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