Noticias

CONSEJO DE LA JUDICATURA SUSPENDE ACTIVIDADES DE LA FUNCIÓN JUDICIAL POR ESTADO DE EXCEPCIÓN DECRETADO EN EL PAÍS

El Pleno del Consejo de la Judicatura, reunido en sesión permanente este 16 y 17 de marzo, dispuso la suspensión de la jornada laboral a las y los servidores de la Función Judicial, en los órganos administrativos, jurisdiccionales, autónomos y auxiliares, mientras dure el estado de excepción declarado por el Presidente Constitucional de la República del Ecuador, a través del Decreto Ejecutivo No. 1017 de 16 de marzo de 2020.
 
Se exceptúan de esta suspensión, quienes forman parte de las unidades judiciales con competencia en materia de flagrancia: penal; violencia contra la mujer y miembros del núcleo familiar; tránsito; y, adolescentes infractores; además quienes laboran en las unidades multicompetentes de flagrancia, para lo cual se sujetarán a los turnos preestablecidos.
 
La resolución establece además que, para las causas en materia de garantías penitenciarias o materia penal, en las unidades de flagrancia se habilitarán ventanillas para la presentación y registro de las personas que se encuentran en prelibertad, así como en el cumplimiento de medidas sustitutivas por presentaciones periódicas.

Por su parte, la presidenta, las y los jueces y conjueces de la Corte Nacional de Justicia, podrán disponer la realización de actuaciones jurisdiccionales que consideren necesarias o indispensables. Se observarán las resoluciones emitidas por la Corte Nacional de Justicia, en relación a la suspensión de los plazos o términos previstos en la ley para los procesos judiciales.

Se resolvió además que, corresponde a las y los jueces, garantizar que no opere la caducidad de la prisión preventiva y la prescripción de la acción en materia penal; tránsito; adolescentes infractores; y, violencia contra la mujer y miembros del núcleo familiar. En las acciones de hábeas corpus, las y los jueces de las unidades de flagrancia serán competentes para conocer y resolver dichas acciones.

Cómo disposiciones generales se establece también la suspensión de la atención al público en los centros de arbitraje y mediación de carácter privado y se mantiene el periodo de vacaciones en las regiones Costa e Insular establecida en el artículo 1 de la resolución 029-2020, de 14 de marzo de 2020.

Además, el Director General y los Directores Provinciales del Consejo de la Judicatura a nivel nacional, en coordinación con la Fiscalía General del Estado y la Defensoría Pública, garantizarán el personal mínimo para el funcionamiento óptimo de las unidades de flagrancia, para lo cual realizarán las gestiones administrativas y de talento humano que correspondan.
 
Por su parte el Pleno del Consejo de la Judicatura continuará en sesión permanente mientras dure el estado de excepción.

Las decisiones adoptadas ratifican el compromiso de las autoridades del Consejo de la Judicatura de velar por la seguridad e integridad de las y los servidores de la Función Judicial y enfrentar de manera efectiva la emergencia sanitaria decretada en el país.

Related Posts

1 of 108